Investigación de la Fiscalía de Taltal y OS7 permitió detención de un colombiano de 35 años, quien era el receptor final de un cargamento de marihuana incautado en 2022.
A una pena total de 8 años de presidio, más multa de 80 UTM ($5.300.000) en beneficio de programas de prevención y rehabilitación del uso de drogas, fue condenado un colombiano de 35 años como autor de los delitos de tráfico de drogas y cultivo de especies vegetales del género cannabis.
La investigación de este caso fue iniciada por la Fiscalía de Taltal en septiembre de 2022, luego de la incautación durante un control carretero de un cargamento de 48 kilos 497 gramos de marihuana, el cual, de acuerdo a datos reunidos en dicha ocasión, debía ser entregado en la ciudad de Santiago.
Con estos antecedentes el Ministerio Público instruyó una diligencia de entrega vigilada a personal de OS7 de Carabineros, trabajo que permitió la detención del receptor final de dicha sustancia, identificado como Leiver Antonio Pereira Rivas.
Durante la revisión de su domicilio en Santiago además fueron incautadas 18 plantas del género Cannabis Sativa de entre 20 y 73 centímetros de tallo, una bolsa de nylon contenedora de 68 gramos de marihuana, seis teléfonos celulares, dinero en efectivo y una pesa digital, entre otros elementos.
El fiscal jefe de Taltal, Ricardo Castro Lillo, explicó que, tras la incautación de la droga, por parte de personal del Retén Alemania, “de inmediato dispusimos la continuación de las diligencias con el objetivo de llegar al destinatario final de la sustancia, objetivo que se consiguió gracias al trabajo especializado de OS7 de Carabineros”.
Castro explicó que la sentencia conocida ahora completa un exitoso trabajo investigativo desarrollado en esta causa, el cual ya había permitido condenar a las personas que trasladaban la droga y a una mujer que también estaba involucrada en los hechos.
En su sentencia, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta condenó a Leiver Pereira Rivas a las penas de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de tráfico de drogas; y 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo por cultivo de especies vegetales del género cannabis.
Junto a ello, el tribunal dispuso multa de 80 Unidades Tributarias Mensuales para ser utilizada en programas de prevención y rehabilitación del uso de drogas, sanción que podrá ser pagada en diez cuotas iguales, mensuales y sucesivas, a partir del mes siguiente a la fecha en que la sentencia quede ejecutoriada.
Finalmente, el fallo indica que las penas privativas de libertad deberán cumplirse de forma efectiva, comenzando a contarse a partir del 7 de septiembre de 2022, fecha desde la cual el condenado ha permanecido ininterrumpidamente privado de libertad.
La defensa del condenado dispone ahora de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del tribunal.