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Lunes, Noviembre 25, 2024
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Senador Araya tras despacho de proyecto RUF: “que establezca normas claras de cómo las FF. AA, de orden y seguridad utilizan la fuerza”

Legislador afirmó que la ley permitirá a las y los ciudadanos conocer sus derechos.

“Lo importante es que tengamos un cuerpo normativo que establezca normas claras, respecto de cómo las Fuerzas Armadas y las de orden y seguridad utilizan la fuerza para las distintas tareas para las que están encomendadas”, indicó el senador, Pedro Araya Guerrero, luego que las comisiones de Seguridad y Defensa, esta última presidida por el parlamentario antofagastino, despacharan en general y por unanimidad, 10 votos a favor, el proyecto de “Reglas en el Uso de la Fuerza” o también conocido como R.U.F.

En este sentido, el legislador recalcó que la idea es que “los ciudadanos también puedan conocer este cuerpo normativo con el objeto de que puedan conocer sus derechos”.

Al respecto, Araya espera que la sala del Senado apruebe en general la iniciativa. “Solicitaremos un plazo de indicación de 3 semanas”, puntualizó.

Proyecto

Dentro de los avances en el proyecto de ley, se aprobó la proscripción de la tortura, así como la idea de separar las reglas del uso de la fuerza para las Fuerzas de Orden Seguridad Pública (FOSP) y las FFAA. Asimismo, se ratificó para las FOSP la existencia de grados de resistencia y de uso de la fuerza que se relacionan con esos grados.

Reglas de uso de la fuerza FOSP

Para las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, el proyecto establece “Grados de resistencia o agresión”, lo que considera la cooperación, resistencias pasiva y activa, así como las agresiones activa y activa potencialmente letal.

De igual modo, se instauran etapas en el uso de la fuerza. Lo anterior, considera presencia, actuación mediante técnicas de comunicación, reducción fìsica de la movilidad, utilización de fuerza menos letal, utilización de fuerza potencialmente letal.

A su vez, el cuerpo normativo indica los usos de la fuerza. En este contexto, deben adecuarse a los grados de resistencia o agresión, a los que se enfrente el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. El uso de la fuerza podrá disminuir o aumentar, en relación con la agresión recibida o la resistencia opuesta.

Reglas en uso de la fuerza de las FFAA

En este marco, destaca el despliegue de fuerzas, vehículos, naves o aeronaves, dispositivos u otros medios institucionales y porte de armas, en forma disuasiva, pudiendo emplearse armamento letal con munición de salva de forma disuasiva.

Igualmente, se enfatiza en el uso de la fuerza y técnicas de comunicación para el control físico, reducción del transgresor, para doblegar su resistencia, inmovilizarlo, esposarlo o aplicar otro medio de inmovilización.

Finalmente, dentro de este reglamento para FFAA, se establece la utilización de fuerza potencialmente letal, cuanto resulten insuficientes las medidas establecidas en reglas previas y justificadas en caso de cumplimiento del deber, legítima defensa, cumplimiento de una orden judicial, con el objeto de detener a una persona que oponga resistencia a la autoridad, para impedir su fuga o para la protección de infraestructura crítica cuando exista peligro grave de verse afectada.

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