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Sábado, Noviembre 23, 2024
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Caso Las Tías: Fiscalía logró 158 años de cárcel para integrantes de organización criminal

Condena es la mayor que ha obtenido el Ministerio Público en la región y la primera por asociación ilícita, tráfico de drogas y lavado de activos.

Penas que en total suman 158 años y 12 días de presidio logró la Fiscalía de Análisis y Criminalidad Compleja, FACC, para los trece integrantes de la organización criminal conocida como “Las Tías”, que por años se dedicó al tráfico de drogas en la ciudad de Calama.
Se trata de la condena más importante lograda por el Ministerio Público a nivel regional en toda su historia, tanto por la magnitud de las penas impuestas, como también por ser la primera vez que, en una misma causa, se logran condenas por los delitos tráfico de drogas, asociación ilícita para el tráfico de drogas y lavado de activos.
La banda fue desarticulada y llevada a juicio gracias a una extensa y compleja investigación desarrollada junto a OS7 de Calama y la Sección Lavado de Activos del Departamento Antidrogas de Carabineros, la cual permitió reunir abundante prueba material, testimonial y documental que daba cuenta de las diversas actividades ilícitas de la organización.
Con todo esto a la vista, el pasado 6 de junio el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, condenó a 11 de los imputados por el delito de asociación ilícita, a 10 por diversos delitos de tráfico y a 5 por lavado de activos, sin embargo, aún restaba conocer las penas que se aplicarían a cada uno de ellos.
Así, en sentencia conocida hoy, finalmente el tribunal aplicó a Denisse Gioconda González Sepúlveda y Jenny Noemí Naranjo Vega, las líderes de la organización, las penas totales de 26 y 25 años de cárcel, respectivamente, como autoras de los tres delitos antes mencionados, además de multas por 280 UTM, unos 18 millones de pesos.
Por su parte, el resto de la organización, integrada por los imputados Mauricio Andrés Núñez Araya, Carolina Alejandra Varas Catalán, Pablo César Varas García, Roberto Fernando Concha Miranda, Sergio Fabián Quispe Arellano, Manuel Antonio Almonte Cortés, Ricardo Mario Velásquez Naranjo, Nicole Gissel Velásquez Naranjo, Yeritza Noemi Velásquez Naranjo, Wilfredo Ricardo Velásquez Pizarro y Nazira Milenka Calderón Rojas, recibió penas que oscilan entre 3 años y 1 día, y 23 años de presidio.

FISCALÍA
El Fiscal Regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, destacó que el caso “Las Tías” representa un hito en la persecución penal en la Región de Antofagasta, al ser la primera vez que se condena a una organización criminal por esta variedad de delitos.
“Esto representa un cambio en la manera que estamos enfocando la persecución del delito en nuestra región y es una señal en el sentido que, frente a delitos de este tipo, como Ministerio Público agotaremos todos los caminos y emplearemos todas las herramientas que nos entrega la ley para buscar las máximas sanciones contra los responsables”, indicó.
El caso dice relación con una organización criminal que durante años operó en la ciudad de Calama y que era dirigida por dos mujeres (apodadas “Las Tías”), quienes se habían apoderado de dos inmuebles de esa ciudad, en los cuales instalaron puntos de venta de droga, principalmente pasta base de cocaína.
Para la ejecución de su plan, la organización contaba con “soldados” o “pilotos”, como se denomina a las personas que se encargan de la venta directa de la droga a los consumidores, los cuales eran constantemente rotados e intercambiados para entorpecer las investigaciones y evitar que estas pesquisas alcanzaran a las líderes o mandos medios de la banda.
“El modus operandi utilizado permitió que la asociación pudiera funcionar de manera permanente y en un extenso periodo de tiempo, de manera independiente o con prescindencia de los allanamientos y detenciones que se realizaron. Por eso el mérito de esta investigación es que, a través de distintas técnicas y un trabajo que se extendió por mucho tiempo, pudimos finalmente reunir elementos de prueba que suficientes para acreditar la participación y rol de cada una de las personas condenadas, logrando así la mayor condena que hemos tenido en los años que llevamos de Reforma Procesal Penal”, manifestó el fiscal.
Castro Bekios dijo que especial relevancia tiene el hecho que cinco de los integrantes de la organización, incluidas sus líderes, fueron condenados por el delito de lavado de activos, que es una figura penal que requiere los más altos estándares probatorios, los cuales, en este caso, se cumplieron plenamente gracias al trabajo del Ministerio Público y las secciones especializadas de Carabineros.

SENTENCIA
En su deliberación, el tribunal entendió acreditado que, a lo menos, desde el segundo semestre de 2019 y hasta la fecha de sus detenciones, los acusados actuaron de manera organizada en el seno de una estructura jerárquica, en la cual, cada uno de ellos cumplió funciones determinadas, dedicándose de manera sistemática y permanente al tráfico ilícito de pasta base de cocaína.
De igual forma, se añade que las líderes de la organización se encargaban de contactar a los proveedores de la droga, repartirla entre sus mandos medios y, en general, tomar todas las decisiones importantes que atañen al funcionamiento de la organización.
Respecto al delito de lavado de activos, el tribunal consideró que la prueba incorporada, en especial la pericial y documental del Servicio de Impuestos Internos y las cuentas bancarias de los condenados, logró acreditar, que estos, sabiendo el origen ilícito de los dineros, introdujeron dentro de su patrimonio tales recursos, mezclándolos con aquellos obtenidos aparentemente de negocios lícitos, para darles una apariencia de legitimidad.
Por disposición del tribunal, todos los condenados cumplirán sus penas en forma efectiva, debiendo comenzar su ejecución por la de mayor gravedad, sin solución de continuidad, al día siguiente en que la sentencia quede firme y ejecutoriada.
Las únicas excepciones las representan los condenados Yeritza Velásquez y Pablo Varas, quienes las cumplirán en régimen de libertad vigilada, sirviéndoles de abono el tiempo que han permanecido en arresto domiciliario.
Cabe señalar que las defensas de los condenados disponen ahora de un plazo para recurrir en contra de la sentencia del tribunal.

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