La Ley de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, que comenzó a regir en enero de este año, otorga derecho preferente en el uso del feriado legal durante el periodo de vacaciones, definidas por el Ministerio de Educación, a padres y madres de menores de 14 años y personas cuidadoras de menores de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada.
En este sentido, la seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés junto a la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Hanna Goldener llaman a solicitar y hacer uso de este derecho.
Para la solicitud de este beneficio la seremi del Trabajo, Camila Cortés, explicó que “las y los trabajadores pueden realizarlo por escrito al menos con 30 días de anticipación y deben acompañar documentos que acrediten ser parte del grupo beneficiario, como el certificado de nacimiento o tener una resolución judicial de un tribunal que otorga cuidado personal del niño o niña. Para quienes son cuidadores de menores de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia severa o moderada deben presentar el certificado de inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad”, recalcó la autoridad.
Agregó que el espíritu de esta normativa es compatibilizar el trabajo con las responsabilidades de cuidados que tengan madres, padres y cuidadores. “Esta ley también permite modificar transitoriamente los turnos o distribución de la jornada diaria o semanal, lo que implica realizar todo o parte de su jornada bajo modalidad de trabajo a distancia, teletrabajo o híbrido, siempre y cuando la naturaleza de sus funciones lo permita”, enfatizó la seremi Camila Cortés.
Por su parte, la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Hanna Goldener sostuvo que “es primordial que las empresas se hagan parte del proceso de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, sobre todo de las personas que tienen hijos o hijas menores de 14 años. En este sentido, invitamos a cumplir con la Ley que establece el derecho preferente en el uso del feriado legal en periodo de vacaciones a las personas trabajadoras que están en esta situación, que sabemos que son en su mayoría mujeres. Además, hacemos un llamado a todas las mujeres cuidadoras hacer esta solicitud y priorizar su bienestar y el de sus familias”.
Las personas pueden conocer en detalle los aspectos que establece esta normativa en el sitio web de la Subsecretaría del Trabajo www.subtrab.gob.cl/conciliacion.