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Jueves, Enero 9, 2025
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Reforma previsional: Gobierno expone en Comisión de Trabajo del Senado la propuesta de transición para el aumento de la PGU a $250.000

El Ejecutivo ingresará las indicaciones el lunes 13 de enero. La instancia legislativa, en tanto, votará el miércoles 15 y, de no alcanzar a despacharlo a la Sala de la Cámara Alta ese mismo día, también lo hará el jueves 16.

 La Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado continuó este miércoles con el estudio de la reforma previsional presentada al Congreso por el gobierno del Presidente Gabriel Boric. En la sesión de hoy el Ejecutivo expuso la propuesta de transición, o gradualidad, para implementar el aumento de la Pensión Garantizada Universal (PGU), que acuerdo al proyecto de ley pasará desde los $214.296 actuales a $250 mil.

La nueva transición propuesta prioriza a las personas mayores dentro del grupo de beneficiarios de la PGU y contempla una gradualidad de dos años, modificando así lo aprobado en la Cámara de Diputadas y Diputados en enero del año pasado, que priorizaba por montos bajos de pensión y consideraba cuatro años para la implementación.

Por otro lado, la Comisión de Trabajo también definió que, a partir de hoy y hasta el mediodía del lunes 13 de enero, estará abierto el plazo para el ingreso de indicaciones a la reforma. Así, se estableció que el miércoles 15, a las 12.30 de la tarde, se iniciara la votación del proyecto. Del mismo modo, de no alcanzar a despacharlo a la Sala de la Cámara Alta ese mismo día, la instancia podría sesionar el jueves para ese fin.

La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, valoró la sesión de hoy: “Creo que hemos avanzado. Se ha puesto sobre la mesa la posibilidad de aumentar realmente a $250.000 la PGU, con un calendario, además de que se ha propuesto acortar los plazos que originalmente había aprobado la Cámara de Diputados y Diputadas, en el entendido que hay mucha gente que está esperando poder tener este ingreso”.

Agregó que “es importante que esto se pueda viabilizar a través de la presentación de las indicaciones al proyecto de reforma previsional (…) Esto se fijó con un plazo que es el próximo lunes, a las 12.00 del día. A nosotros nos parece una buena certeza poder decir ya que tenemos una fecha precisa en la cual las indicaciones ingresan y valoramos la voluntad de los senadores”.

El ministro de Hacienda, Mario Marcel, explicó el mecanismo que se usará para ajustar los montos de la Pensión Garantizada Universal. “En línea con lo aprobado en la Cámara de Diputados, en particular, que dentro de las funciones del Consejo Consultivo Previsional estuviera la revisión del monto de la PGU de manera periódica. Lo que se establece es que sea un ejercicio que se haga cada cuatro años, después de un periodo inicial de cinco años en los cuales sólo se aplicarían los reajustes por IPC. De ahí en adelante cada cuatro años se haría un análisis de suficiencia al monto de la pensión considerando línea de pobreza y otras variables, como remuneraciones y crecimiento de la economía. Si el Consejo Consultivo Previsional hiciera una propuesta de ajuste por encima o a diferencia del ajuste de IPC, el informe será remitido al Consejo Fiscal Autónomo para que se pronuncie acerca de los efectos fiscales del aumento que se propone”, explicó.

Hay que recordar que la Comisión de Trabajo del Senado ha aprobado, con anterioridad, un total de ocho medidas ad referendum: la ampliación del Seguro de Lagunas Previsionales del Seguro de Cesantía; el alza del tope imponible; mecanismos simplificados para la cotización de independientes voluntarios; la ampliación del universo de afiliados voluntarios que podrían recibir el pago de cotizaciones por parte de un tercero; cambios a la cobranza previsional; el tránsito desde el actual esquema de multifondos al de fondos generacionales; las modificaciones al cobro de las comisiones indirectas; y el alza de la Pensión Garantizada Universal (PGU) a $250.000.

Según el protocolo de tramitación acordado entre el Gobierno, oficialismo y oposición, la reforma previsional tiene como plazo para ser despachada desde el Senado, a más tardar, en enero de este año hacia un tercer trámite constitucional.

 

Gradualidad de la PGU

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó en enero del año pasado que los incrementos de PGU se realizarían priorizando a las personas con montos menores de pensión, en una transición de un período total de cuatro años y con un financiamiento sujeto a indicadores de cumplimiento de metas fiscales.

El Ejecutivo propuso en la sesión de hoy reemplazar lo aprobado por la Cámara Baja por una transición según grupos de edad, priorizando a las personas mayores. El cálculo se determina utilizando como restricción el marco presupuestario que incorpora las estimaciones de ingresos producto de la ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias y los gastos comprometidos.

En ese sentido, se establece que a partir de los seis meses desde publicada la ley se paga a los primeros beneficiarios con el nuevo valor de PGU de $250.000:

  • Los beneficiarios de PGU de 82 años o más.
  • Los beneficiarios de leyes de reparación de 82 años o más, que hoy reciben una PGU parcial (diferencia entre PGU y pensión de reparación), recibirán la PGU completa.
  • Al existir un nuevo valor de PGU, aumentan los beneficios de invalidez y los subsidios de discapacidad mental.

Del mismo modo, a partir de los 12 meses posteriores al inicio de la transición:

  • Se incorpora al nuevo valor de PGU (debidamente reajustado) a los beneficiarios de 75 años o más.
  • Los beneficiarios de leyes de reparación de 75 años o más también se incorporan con la nueva regla de cálculo, accediendo a la PGU de $ 250.000, debidamente reajustada.

Por último, a partir de los 24 meses posteriores al inicio de la transición:

  • Se incorpora a personas de 65 años o más al nuevo valor de PGU, debidamente reajustado.
  • Los beneficiarios de leyes de reparación de 65 años o más también se incorporan con la nueva regla de cálculo, accediendo a la PGU de $ 250.000, debidamente reajustada.

Respecto del financiamiento del aumento, este se hace a través de la Ley que dicta normas para asegurar el cumplimiento de las obligaciones tributarias dentro del Pacto por el Crecimiento Económico, el Progreso Social y la Responsabilidad Fiscal, normativa aprobada en septiembre de 2024 por el Congreso Nacional.

Por el solo aumento de la PGU a $250.000, y de acuerdo con cálculos de la Dirección de Presupuestos, el número de beneficiarios alcanzaría los 436.690 en 2025, mientras que en 2035 la cifra se incrementa a los 3.658.250.

 

Futuros aumentos

La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó a inicios de 2024 nuevas funciones del Consejo Consultivo Previsional en relación con la revisión del monto de la PGU de manera periódica y una vez que la reforma entre en régimen en este ámbito.

En ese sentido, se estableció que cada cuatro años, a más tardar el 31 de marzo, el Consejo Consultivo Previsional deberá efectuar un análisis de suficiencia del monto de la PGU vigente al mes de febrero del respectivo año.

En el referido análisis considerará la capacidad de la pensión para cubrir gastos básicos, conforme a la metodología vigente para determinar la línea de la pobreza y otras variables, tales como, el índice de remuneraciones y el crecimiento de la economía.

Si el Consejo propone un monto superior al vigente, su informe será remitido al Consejo Fiscal Autónomo (CFA) para que emita un informe pronunciándose acerca de los efectos fiscales del aumento propuesto. Este último informe deberá contener, al menos, una estimación del gasto asociado al incremento y una opinión sobre las fuentes de financiamiento.

El CFA remitirá su informe al Consejo Consultivo Previsional, el que enviará ambos informes a los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, para efectos de que se pronuncien al respecto a través del correspondiente informe.

En el caso de proponer el Consejo Consultivo Previsional la mantención del monto de la PGU, su informe será remitido a los señalados ministerios para su conocimiento. Todos los señalados informes deberán ser remitidos a las comisiones competentes del Congreso Nacional.

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